ASUNTOS DE MATRIMONIO
Y DIVORCIO
Y DIVORCIO
GINO IAFRANCESCO V.
© Asuntos de Matrimonio y Divorcio
Gino Iafrancesco V. 1999
Asuntos de Matrimonio y Divorcio, enseñanza dada en la localidad de Tunjuelito, Santafé de Bogotá,
D.C., Colombia, América del Sur, el 23 de enero de 1999. Primera edición, Ciudad Bolívar, mayo del año
2000. Los derechos son del autor. Se permite la reproducción total y la distribución gratuita del presente
documento, con la única condición de citar enteramente la fuente a fin de corroborar y preservar la
integridad del texto. Sin tal citación, el autor no puede hacerse responsable por el nuevo texto.
Publicado por función editorial del servicio didáctico de la obra, de la comunión apostólica de la Iglesia
Cristiana, campo de Colombia, región Andina, para edificación del Cuerpo de Cristo.
ASUNTOS DE MATRIMONIO Y DIVORCIO
Todo lo relacionado con el matrimonio y divorcio es un asunto de suma importancia, que no puede
pasarse por alto en la Iglesia. Vamos a tratarlo en esta ocasión, escudriñando la Palabra de Dios, por Su
Santo Espíritu. En ningún momento estamos pretendiendo ser dogmáticos, pero sí precisar nuestra
interpretación conforme a la Biblia. Procuramos, pues, dejar que la Palabra de Dios hable, y procurar
entender lo que ella dice. No llegar a ella con nuestros preconceptos, con lo que uno quisiera que ella diga;
no llegar a la Escritura con nuestros sentimientos, porque cuando interponemos nuestros sentimientos,
nuestros preconceptos, a la Biblia, entonces no la dejamos a ella hablar lo que ella dice, sino que queremos
seguir hablando e interponiendo nuestra propia interpretación. Si uno tiene sus propios gustos,
preferencias y prejuicios, esto interfiere en la legítima interpretación en la lectura de la Biblia.
Lo que necesitamos es querer agradar a Dios según lo que Él nos ofrezca en Su Palabra. Cualquier cosa
que Él nos ofrezca en Su Palabra. Si Dios dice A, o dice B, o dice C, para nosotros debe ser eso indiferente.
Pero si nosotros queremos que diga C, cuando dice A vamos a decir AC; le vamos a añadir. Por eso,
hermanos, nuestro interés es agradar a Dios. Si Dios ha hablado por Su Palabra acerca de estas cosas,
debemos remitirnos a Su Palabra para ver lo que Él ha declarado. No estamos aquí para tratar casos
específicos, sino casos genéricos; de manera que esto lo vamos a tratar a nivel doctrinal, sin mencionar a
fulanito, ni a fulanita, ni a ningún nombre propio; sólo la doctrina; y luego cada uno particularmente, a la
luz de la Palabra, y habiendo analizado bien las cosas que se den en cada iglesia, se juzgan esos casos. A
veces no conocemos bien lo que la Palabra dice ni conocemos bien los casos, y nos metemos a
diagnosticar, a recetar sin conocer ni el remedio ni el caso en particular. Todo esto lo vamos a ver a la luz
de la Palabra de Dios con la ayuda de la Providencia divina. Vamos a procurar leer lo que la Palabra dice,
dejándole decir a Dios lo que Él dice al respecto.
Inicialmente quisiera comenzar leyendo un pasaje del Antiguo Testamento, y después ustedes van a ver
por qué razón comienzo por el Antiguo Testamento. Claro, es parte del Nuevo Testamento, pero es que en
el Nuevo Testamento en los pasajes que vamos a encontrar, se está haciendo referencia a lo que a partir del
Antiguo Testamento y la tradición israelita posterior, llegó a ser el ambiente del tiempo del Señor Jesús. El
Señor Jesús se movió en medio de Israel; Israel tenía ya unas raíces; y había también una raíz bíblica, y
había también una raíz que podríamos llamar popular, y había escuelas, tradición, costumbres, y eso servía
de telón de fondo para el ambiente de las preguntas que le hicieron al Señor Jesús, y las respuestas del
Señor Jesús al respecto. Es por eso que vamos a comenzar por el Antiguo Testamento. Dividimos el tablero
en cuatro partes. La Primera parte lleva dos líneas para separarla de las otras tres, y corresponde al Antiguo
Testamento; es decir, el régimen de la ley. Esto con relación al divorcio y casamiento. Luego las otras tres
cuartas partes del tablero van a corresponder al Nuevo Testamento. Vamos, pues; a subdividir esta segunda
sección, la del Nuevo Testamento, en tres partes. Una, que podríamos llamar el régimen ordinario; la
segunda, que podemos llamar el régimen de excepción, y la tercera, que podemos llamar el régimen mixto.
Ahora que leamos los versículos, entonces voy a explicar por qué dividí el tablero en estas cuatro partes.
Régimen de la ley
Vamos a ver primero cuál era en el Antiguo Testamento el régimen de la ley en cuanto a matrimonio y
divorcio se refiere; es decir, en el aspecto específico del divorcio y recasamiento. No vamos a entrar a
considerar lo de la ceremonia y bodas, sino que vamos a entrar a considerar específicamente todo lo
relacionado con el matrimonio y divorcio. Vamos a leer en el capítulo 24 de Deuteronomio. A veces
encontramos debajo de los subtítulos que le suelen colocar a los pasajes bíblicos y que no son parte del
texto, encontramos unas referencias bíblicas que indican que lo que se está diciendo en este pasaje,
también se trata en otros pasajes. Cuando esos subtítulos no contienen debajo otras referencias, eso quiere
decir que ese tema no se trata en ningún otro pasaje. En el capítulo 24 del libro de Deuteronomio
encontramos un subtítulo llamado “Leyes humanitarias”, que vienen desde el capítulo 23 en esta versión
Reina Valera, y continúa hasta el capítulo 25, y llega hasta el versículo 17, que habla sobre lo que hizo
Amalec con Israel cuando venía de Egipto. Esta sección del libro de Deuteronomio, que va desde el
capítulo 23:15 hasta el 25:16, la han llamado “Leyes humanitarias”, y no tiene ninguna referencia debajo
de ese subtítulo. Esto quiere decir que el tema se trata exclusivamente en este pasaje, y no se trata en otro
lugar.
Leemos, pues, en Deuteronomio 24:1 cuál fue el régimen que Dios, por mano de Moisés, hasta la venida
de Cristo, instituyó para con Israel, en el Antiguo Testamento. Dice así: “Cuando alguno tomare mujer y
se casare con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de
divorcio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa”. Esto que aquí se traduce cosa indecente
es una palabra hebrea que aparece una sola vez en toda la Biblia, y aquí el traductor la llamó cosa
indecente; pero como la palabra no aparece en otro lugar, entonces creó una cierta confusión en el pueblo
de Israel. El pueblo de Israel decía: Bueno, ¿a qué se refiere esa cosa indecente? ¿Cuál es el alcance de
ella? Entonces se formaron varias escuelas de interpretación. Entre los rabinos antes de Cristo, hubo lo que se llamaron los pares. Resulta, pues, que hubo dos escuelas con sendas cabezas principales. Estas dos
cabezas de sendas escuelas, formaban un par. Y estas líneas de interpretación se fueron pasando de
generación en generación, hasta llegar a los más sobresalientes intérpretes, que fueron, uno, Hillel1, y el
otro, Shammai. Estos fueron dos rabinos muy sobresalientes, que eran los de mayor autoridad en la
interpretación de la Biblia. Es importante saber esto porque en la misma Biblia, en el Antiguo Testamento,
dice Dios en una ley que si algún juicio le fuere difícil a alguien del pueblo, y no lo entendiere, puede ir a
preguntar a los ancianos, a los sacerdotes, y según el juicio que ellos le dieren, será necesario hacer. Así lo
dice Dios en la Biblia. Si algún juicio te fuere difícil de resolver en un caso o en otro, vé a consultarlo a los
ancianos. El pueblo tenía la Biblia; pero si alguno tenía dificultad para interpretarla bien, debía ir y
preguntar a los sacerdotes, a los ancianos, y según ellos le dijeran, así lo hicieran, porque Dios le aprobaba
al pueblo que así lo hicieran. pero resulta que el problema del divorcio y casamiento, gracias a los problemas que constantemente se
estaban presentando, en forma constante surgían cuestionamientos en el pueblo de Israel acerca de esa
cuestión. Y como dice el versículo 1 de Deuteronomio 24, que hemos leído, y concretamente en esta
palabrita que se traduce cosa indecente, entonces venían a preguntarles a los rabinos cuál era esa cosa
indecente; porque la palabra aparece una sola vez en el texto, y no había otros versículos en los cuales se le
pudiera hacer una comparación, para poder decir: más o menos se refiere a esto. Tenemos, pues, que la
escuela de Hillel era una escuela amplia; una escuela un poco laxa. Básicamente, Hillel interpretaba esta
palabra, cosa indecente, por cualquier causa, casi como una causa muy abierta. Entonces los que seguían la
línea de interpretación de Hillel permitían el divorcio por cualquier cosa que desagradara al esposo;
cualquier cosa por pequeña que fuese, como lo de que se le quemó el arroz, tome la carta de divorcio,
entréguesela y listo.
En cambio Shammai era el representante de la escuela estricta, y Shammai interpretaba esta palabra
como fornicación, y no pretendía ninguna otra causa para el divorcio, sino el que hubiera habido
fornicación. Este era el ambiente que se vivía en el tiempo del Señor Jesús; entonces acuden al Señor Jesús
para que Él les interprete este pasaje, porque este era el régimen de la ley al respecto; y ellos estaban bajo la
ley, y ellos querían obedecer a Dios por medio de la ley de Moisés y obedecer la interpretación de aquellos
ancianos responsables, de los cuales Dios les dijo que cuando no entendieran, acudieran. Pero resulta que
Hillel permitía varias causas de divorcio, en cambio Shammai sólo lo permitía en caso de fornicación.
Entonces en el Nuevo Testamento encontramos al Señor diciendo que la verdad sobre eso es lo que Él dice.
Pero antes de que pasemos al Nuevo Testamento, sigamos la lectura de Deuteronomio 24:2-4, así: “2Y
salida de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre. 3Pero si la aborreciere este último, y le escribiere
carta de divorcio, y se la entregare en su mano, y la despidiere de su casa; o si hubiere muerto el postrer
hombre que la tomó por mujer, 4no podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar para que
sea su mujer, después que fue envilecida; porque es abominación delante de Jehová, y no has de pervertir
la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad”. Hasta aquí tenemos el caso del régimen de divorcio y casamiento en el Antiguo Testamento. Con esos cuestionamientos que había en el pueblo de Israel, con
esas dos escuelas, una laxa y una estricta, la de Hillel y la de Shammai, ahora llegan donde el Señor Jesús,
el rabí, el maestro, y le preguntan, y estas preguntas aparecen registradas en los Evangelios de Mateo y de
Marcos.
Régimen ordinario
Las de Mateo aparecen en los capítulos 5 y 19. Nótese que en el capítulo 19 de Mateo, debajo del
subtítulo, “Jesús enseña sobre el divorcio”, aparecen dos referencias; una a Marcos y otra a Lucas. La de
Lucas sólo cita el régimen ordinario en boca del Señor Jesús, sin ambientarlo. Marcos ambienta la
pregunta y cita también el régimen ordinario al igual que Lucas; y Mateo también ambienta la pregunta al
igual que Marcos, pero Mateo, además del régimen ordinario que registraron Marcos y Lucas, él también
registra el régimen de excepción. Sólo Mateo recuerda de la boca del Señor Jesús el régimen de excepción;
porque es que lo normal es recordar la regla. Si lo que se quiere enseñar es la normalidad, la regla, pues se
enseña la regla, y la regla, en ese caso es el régimen ordinario. Ahora, ¿será que porque aquí y aquí sólo se
enseña la regla, y sólo allá en Mateo se enseñó la excepción, será que esa excepción se puede evitar? Ahí es
donde está el asunto.
Entonces, primero vamos a analizarlo leyendo lo que dice Mateo y lo que dice Marcos, porque los dos
están registrando el asunto en base a su memoria. Acordémonos de una cosa: Marcos no era un discípulo
seguidor directo de Jesucristo. Marcos era intérprete del apóstol Pedro; había sido cooperador de Pedro. De
manera que dice la tradición, los escritos de Papías de Hierápolis, y de ahí para adelante la tradición
eclesiástica, que el evangelio de Marcos se escribió debido a que cuando Pedro llegó a Roma y enseñó el
evangelio en forma oral, no en orden sino según la necesidad, entonces le pidieron que lo que se había
enseñado en forma oral quedara en forma registrada, por escrito. El mismo Pedro, en su segunda epístola
enseñado de parte del Señor Jesús2. Y ahora Marcos, que era el intérprete de Pedro, dice la tradición, que ledice que él diligentemente procuraría que ellos siempre tuvieran memoria de las cosas que él les había pidieron a Marcos que él escribiera lo que Pedro había enseñado. Por eso el Evangelio de Marcos es
considerado como si fuera el Evangelio de Pedro. Y a pesar de que Marcos mismo no era un discípulo
directo del Señor Jesús, sin embargo se ve que su Evangelio es muy visual, porque menciona detalles que
sólo una persona que vio lo podía decir. Por ejemplo, dice que estaba recostado sobre tal parte, que hizo tal
cosa, con tal expresión, que había tantos a la derecha, tantos a la izquierda; esas son cosas que sólo una
persona que vio, un testigo ocular, puede dar esos detalles. Vemos que realmente lo que Marcos estaba
diciendo, era lo que Pedro estaba diciendo. Pero Marcos fue intérprete de Pedro. Luego dice Papías de
Hierápolis, un discípulo del apóstol Juan, y que oyó al apóstol Juan, dice Papías que Juan había leído lo que
Marcos escribió, y que dijo que Marcos en nada faltó, que todo lo que había dicho Marcos en su Evangelio
era verdad, solamente que Papías dijo que no en orden; y explica por qué: porque Pedro enseñaba según la
ocasión, según lo que se necesitara. Entonces el Evangelio de Marcos está recomendado, avalado, por el
apóstol Juan, quien fue íntimo de Jesús.
Algunos dicen que Mateo se basó en Marcos, pero esas son conjeturas, elucubraciones de los que
estudian la cuestión sinóptica, o sea la relación de Mateo con Marcos y con Lucas; pero Mateo sí era uno de
los doce apóstoles que siguieron a Jesús; de manera que, aunque Marcos no haya recordado la excepción,
Mateo era uno de los apóstoles, y no necesariamente tenía que confiar todo a Marcos, sino que había estado
presente también, siendo testigo con Jesús, y se acordó de los detalles. Entonces, ¿qué pasa? Una misma
situación la cuentan dos personas; la cuentan más o menos con palabras parecidas, pero uno añade unos
detalles y omite otros, y el otro añade unos detalles y omite otros.
Vamos, pues a leer los dos relatos, el de Mateo y el de Marcos, porque la cosa no sucedió dos veces, sino
una sola vez, pero había un testigo que era Mateo y otro testigo que era Pedro, y Marcos oyó lo que contaba
Pedro; entonces ahora vamos a oír los recuerdos de Pedro a través de Marcos, y los recuerdos de Mateo, y
vamos a juntarlos a fin de tener una visión más completa de lo que se preguntaba y de lo que se respondió.
2 “Para que tengáis memoria de las palabras que antes han sido dichas por los santos profetas, y del mandamiento del Señor y Salvador dado por vuestros apóstoles” (2 Pedro 3:2).
Porque si nosotros solamente tomamos a Marcos, vamos a ver que Mateo dice unas cosas, entonces vamos
a decir que Mateo no es inspirado; y si tomamos a Mateo, que dice unas cosas pero no otras que dice
Marcos, entonces vamos a decir que Marcos no es inspirado. No necesariamente es así. Recuérdese que el
arca la tenían que llevar cuatro levitas, y el arca representa a Cristo; y ahí vemos los cuatro evangelistas:
Mateo, Marcos, Lucas y Juan, llevando el testimonio del Señor Jesús. El Señor permitió que desde cuatro
ángulos se le viera, porque uno solo no es suficiente para captar todo. Así que el Espíritu Santo puede guiar
y hacer ver las cosas, según la preparación y el lugar que esa persona vaya a tener en el plan de Dios, puede
estar inclinada a recordar más unas cosas, le llaman más la atención unos detalles, y otros no los tiene en
cuenta, no porque no existieron, sino simplemente porque para él no tenían tanto significado, porque él
había sido preparado para este aspecto. Pero para el otro era otro objetivo, con otro trasfondo, con otra
preparación, y tenía que haber testimonio desde otro ángulo; por lo tanto tenía la posibilidad de ver las
cosas que el otro no vio y que a éste sí le llamaba la atención.
Si con alguien a la salida vamos y nos encontramos en la noche con algunos hermanos, y nos cuentan
qué pasó en la reunión de hoy, pues cada uno va a contar su propio testimonio, y seguramente que se oiga
a uno, a otro, a otro y a otro, y va haber muchas cosas coincidenciales. ¿Por qué? Porque es una misma cosa
la que sucedió, pero cada uno va a enfatizar aquello que a él más le llamó la atención, y va a pasar por alto
lo que a él no le interesó tanto. Entonces, seguramente que a Mateo le llamó mucho la atención algo que los
otros no lo tuvieron en cuenta; pero no porque los otros callaron, vamos a callarlo nosotros, porque el
Señor Jesús no lo calló; y ahí lo tenemos en los testimonios de Mateo y Marcos.
Leamos Mateo 19:1-3: “1Aconteció que cuando Jesús terminó estas palabras, se alejó de Galilea, y fue
a las regiones de Judea al otro lado del Jordán. 2Y le siguieron grandes multitudes, y los sanó allí.
3Entonces vinieron a él los fariseos, tentándole y diciéndole: ¿Es lícito al hombre repudiar a su mujer por
cualquier causa?” Fíjense en ese detalle que captó Mateo. Ellos le preguntaban no sólo si es lícito repudiar
a la mujer, sino que le agregaban si por cualquier causa. ¿Por qué? Acuérdense del trasfondo que había. La
escuela de Hillel interpretada ese pasaje de Deuteronomio, aquella cosa indecente, prácticamente de una manera tan amplia, que cualquier cosa podía caber ahí, y eso es lo que aparece aquí en Mateo como
cualquier causa. Ellos estaban dudando. ¿Será que por cualquier causa se puede repudiar a la mujer? Sigue
diciendo Mateo: “4Él, respondiendo, les dijo: No habéis leído que el que los hizo al principio, varón y
hembra los hizo, 5y dijo: Por eso el hombre dejará padre y madre, y se unirá a su mujer, y los dos serán
una sola carne?”
Aquí el Señor está citando a Génesis, capítulo 2, y antes al capítulo 1. Luego el Señor entra a sacar
conclusiones, diciendo: “6Así que no son ya más dos, sino una sola carne; por tanto, lo que Dios juntó, no
lo separe el hombre”. Aquí la pregunta todavía no estaba tan exacta. Ellos le habían preguntado: ¿Se puede
repudiar por cualquier causa? No, eso no es lo normal. El que los hizo al principio, los hizo uno solo, y lo
que Dios juntó no lo separe el hombre. Pero ellos todavía no quedaron satisfechos. ¿Por qué? Porque ellos
no eran cristianos; ellos eran israelitas, y aun los que eran cristianos, que creían en Él, todavía estaban bajo
el régimen de la ley de Moisés. Lo que se entiende en el Nuevo Testamento aún no era claro en ese
momento. Y aquí los que preguntan son los fariseos.
“7Le dijeron: ¿Por qué, pues, mandó Moisés dar carta de divorcio, y repudiarla? Aquí ellos se están
refiriendo a Deuteronomio 24:1-4, donde realmente Moisés, en el caso de hallar alguna cosa indecente,
esta extraña palabra que es el motivo de la controversia, que Hillel la convertía en cualquier causa y
Shammai la describía como la fornicación, autorizaba repudiarla. Entonces el Señor les responde: “8Él les
dijo: Por la dureza de vuestro corazón Moisés os permitió repudiar a vuestras mujeres, mas al principio
no fue así”.
Antes de la caída del hombre, Dios lo había establecido así; y aquí el Señor está diciendo: Bueno, ustedes
van a Moisés y encuentran esa situación; pero ¿saben por qué Moisés lo dijo de esa manera? Eso fue
después de la caída. En cambio en Génesis3 habla del principio, de antes de la caída; después de la caída
los corazones son duros. Por la dureza del corazón del hombre, pues después de la caída, el corazón del
(3 Referencia a Génesis 1:18-25) hombre se endureció; por esa razón Moisés os permitió dar carta de divorcio. Cuando Dios planeó al
hombre varón y hembra, Él no planeó el repudio y el recasamiento, y todas esas cosas, no. Lo que Dios
juntó, no lo separe el hombre. Pero luego vino la caída del hombre, y con ella la dureza de los corazones,
entonces vino Moisés y permitió el repudio. Algunos dicen que esta provisión tenía por objeto proteger los
derechos de propiedad de la mujer divorciada, pues la carta de divorcio obligaba al marido a renunciar al
derecho de su dote.
Régimen de excepción
Pero entonces ahora viene cómo interpretar este pasaje de la ley, si en la línea laxa de Hillel o en la línea
estricta de Shammai, y Jesús, en este caso, le dio la razón a Shammai. Luego el Señor sigue diciendo: “9Y
yo os digo que cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de fornicación, y se casa con otra,
adultera; y el que se casa con la repudiada, adultera”.
Acuérdense que en la ley de Moisés, Dios había predicho que vendría un profeta semejante a Moisés4, y
toda alma que no oyera a este profeta sería desarraigada del pueblo. O sea, que Jesús no estaba
contradiciendo a Moisés. Jesús dijo: “Porque si creyeseis a Moisés, me creeríais a mí, porque de mí
escribió él” (Juan 5:46). Moisés profetizó que un profeta semejante a él, sería levantado; entonces todo
Israel esperaba el profeta que se refería al Mesías, al Siervo de Dios, que sería la Palabra final. Por eso la
samaritana decía: “Sé que ha de venir el Mesías, llamado el Cristo; cuando él venga nos declarará todas
las cosas” (Juan 4:25). Porque ya la ley había terminado, ya habían venido los profetas, pero había
controversias; entonces ellos esperaban que quien dirimiría las controversias sería el Mesías profeta.
Entonces Jesús está hablando con propiedad. En otras partes también dice: “Oísteis que fue dicho a los
antiguos... mas yo os digo”; es decir, a partir de aquel profeta; y el que no oyere a aquel profeta, será
desarraigado del pueblo. Entonces Jesús está hablando como aquel que venía a ir más allá de Moisés, y que
(4 Referencia a Deuteronomio 18:15-1 ) Moisés mismo había predicho, como también otros pasajes del Antiguo Testamento. De manera, pues, que
Jesús aclara lo que había dicho Moisés, que había sido por causa de la situación caída, la dureza de sus
corazones, pero antes de la caída no fue así, pues no era ese el plan original de Dios. Ahora vino la caída,
vinieron los problemas, pero el mismo Moisés dijo que vendría un profeta; y ahora ese profeta es el Señor
Jesús, quien dice con autoridad:
“9Y yo os digo que cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de fornicación, y se casa con
otra, adultera; y el que se casa con la repudiada, adultera”. Aquí el Señor Jesús establece una excepción.
Marcos y Lucas recuerdan esta enseñanza del Señor Jesús pero sin la excepción. Jesús introdujo una
excepción, por eso hablamos del régimen de excepción. El versículo 9 de Mateo 19, sin la excepción
quedaría sólo como el régimen ordinario. Quedaría así: “9Y yo os digo que cualquiera que repudia a su
mujer, y se casa con otra, adultera; y el que se casa con la repudiada, adultera”. Ahí quitamos el “salvo
por causa de fornicación”, sólo para entender el régimen ordinario; pero sólo lo hacemos para adelantar
esta explicación y entendimiento del régimen ordinario.
Nosotros, en español, podemos colocar la excepción al principio, en el medio o al final del versículo que
constituya la regla; pues esta es una regla gramatical válida en español. En cambio, en el idioma griego no
se puede hacer eso. En el griego, la excepción se tiene que poner en el medio del texto de la regla. Por
ejemplo, aquí todos son colombianos, menos los que nacieron fuera. Excepto los que nacieron fuera, aquí
todos son colombianos; es decir, que podemos poner la excepción al principio, podemos ponerla al final, o
a veces se puede poner en el medio. En el idioma griego, la excepción de la regla se tiene que colocar en el
medio de lo que se está exceptuando; esa es la regla de la gramática griega. Toda excepción va en el medio
de lo que se está exceptuando.
Noten que Marcos y Lucas no citan la excepción; es decir, que Marcos 10:2-12 y Lucas 16:18 pertenecen
al régimen ordinario. Mateo 19:9 cita el régimen ordinario; Marcos 10 cita el régimen ordinario; Lucas 16
cita el régimen ordinario; Romanos 7 cita el régimen ordinario; 1 Corintios 7 cita el régimen ordinario y el
régimen mixto. El régimen de excepción sólo es citado por Mateo 5:32 y Mateo 19:9; y el régimen mixto sólo es citado en 1 Corintios 7.
“Pero yo os digo que el que repudia a su mujer, a no ser por causa de fornicación, hace que ella
adultere; y el que se casa con la repudiada, comete adulterio” (Mt. 5:32). Aquí, como en Mateo 19:9, se
refiere al régimen ordinario, pero involucra al régimen de excepción, cuando dice: “a no ser...” o “salvo
por causa de fornicación”. En caso de que no haya habido fornicación, uno se salta o pasa por alto esa
frase de salvedad entre comas, como lo hicimos arriba. La interpretación que Hillel hacía de esa cosa
indecente aquí en Deuteronomio 24, no la acepta el Señor Jesús; sólo la que decía Shammai. De esa cosa
indecente, lo único que se permite para que haya divorcio y la persona quede libre y pueda casarse otra vez,
es que si hubo fornicación; porque esto lo había mandado Dios después de la caída por mano de Moisés.
“Cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de fornicación...”. Es importante tener en cuenta que
la acción adúltera de alguno de los cónyuges, a igual que la muerte, rompe el vínculo matrimonial, pues al
unirse sexualmente con otra persona, se hace uno con esa otra persona5.
Tenemos, pues, que esta ley o régimen ordinario, no tiene aplicación en la salvedad; de lo contrario no
habría ninguna salvedad. Si yo digo: Todos pueden sentarse a la mesa, excepto los menores de quince; eso
significa que los menores de quince no se pueden sentar a la mesa; es decir, que es lo contrario en caso de
los menores de quince. Todos se pueden sentar a la mesa, excepto los de quince. Entonces llegan los
menores de quince: ¡Ah! Es lo contrario; no le puede aplicar el régimen ordinario a la excepción.
Concordancia textual
(5 Referencia a 1 Corintios 6:16)
Entonces, ¿cuál es el régimen ordinario? Vamos a verlo en Marcos y Lucas, donde aparece sin la
excepción. Adelantándonos un poco, leamos Marcos 10:11: “Cualquiera que repudia a su mujer y se casa
con otra, comete adulterio contra ella”. ¿Qué es un adulterio? Un adulterio se comete cuando un hombre
casado (o una mujer casada) se casa con otra (u otro), siendo que ya está casado ( o casada) hasta que la
muerte los separe. Eso dice Romanos 7. En vida del marido no puede casarse con otro; y el que se casa con
la repudiada, o sea, el segundo marido de ella, aquel a quien Hillel había dicho: No, no, tranquilo, no hay
problema; ese comete adulterio. Moisés dice, cualquier cosa, por cualquier causa. Porque fue que le
preguntaron al Señor Jesús, si por cualquier causa; y esa era la interpretación de Hillel; se divorcia y se
casa con otra, porque aquí dice Moisés que si le encuentra cualquier cosa indecente, entonces la repudia, le
da carta de divorcio, y ella va y se casa con otro. Pero ¿qué dice Jesús? “Y yo os digo...” Jesús no está
contradiciendo a Moisés, sino a la interpretación laxa de Hillel, cualquier causa, y le está dando la razón a
Shammai, quien decía que la única cosa indecente por la cual se puede repudiar es cuando hay fornicación.
Ahora, Jesús dice, mas Yo os digo, o sea, la máxima autoridad, de quien se nos dice: “A él oíd...”. Y no hay
ninguna otra autoridad para nosotros diferente de Jesús. Vemos que el Señor estableció Él mismo en forma
personal, el régimen ordinario; es decir, cualquiera que repudie a su mujer y se casa con otra, adultera; eso
es un adulterio; y el que se casa con la repudiada, el segundo que se casa con la que acaba de ser repudiada,
también adultera. Ese es el régimen ordinario; claro que tiene una excepción, que es citada en Mateo 5:32
y en Mateo 19:9, en el caso de fornicación.
Ahora vemos el régimen ordinario en Marcos 10:1-2: “1Levantándose de allí, vino a la región de Judea
y al otro lado del Jordán; y volvió el pueblo a juntarse a él, y de nuevo les enseñaba como solía. 2Y se
acercaron los fariseos y le preguntaron, para tentarle, si era lícito al marido repudiar a su mujer”. Note
que aquí le faltó a Marcos decir algo que dijo Mateo. Mateo fue cuidadoso. Aquí Marcos dice que si es
lícito repudiar a su mujer; pero Mateo insistió “por cualquier causa”; es decir, Mateo está teniendo una
visión más amplia que Marcos. Mateo es testigo ocular, en cambio Marcos era un testigo de un testigo. Ahí
está, pues, la primera diferencia.
Sigue el verso 3: “Él, respondiendo, les dijo: ¿Qué os mandó Moisés?” Aquí vemos que el Señor no está
contra Moisés. Él sabe que Dios los puso a ellos bajo la ley de Moisés, y Él les dice: ¿Qué les mandó
Moisés a ustedes? Veamos la respuesta en el versículo 4: “Ellos dijeron: Moisés permitió dar carta de
divorcio, y repudiarla”.
Fíjense, cómo ellos lo dicen de una manera tan amplia; es decir, sí, Moisés permitió dar carta de divorcio
y repudiarla. Pero, ¿cuál era la condición puesta por Moisés? Moisés dijo: si hallare en ella alguna cosa
indecente. Esa traducción en el original es una palabra hebrea que traduce fornicación; por eso el Señor
Jesús le da la razón a Shammai; pero ellos le están hablando al Señor como si Moisés les hubiera dado
libertad absoluta, lo cual no es verdad. Era una mala interpretación que se hacía de Moisés. Por eso le
dijeron: Moisés permitió dar carta de divorcio, y repudiarla. ¿Qué respondió el Señor Jesús? Leamos el
versículo 5:
“Y respondiendo Jesús, les dijo: Por la dureza de vuestro corazón os escribió este mandamiento”; es
decir, Deuteronomio 24, que no es exactamente igual a como ellos lo estaban contando. Ellos estaban
diciendo que prácticamente era permitido. Si no le gusta su mujer, pues la divorcia y se casa con otra. El
Señor Jesús sigue diciendo en el verso 6: “6Pero al principio de la creación, varón y hembra los hizo Dios.
7Por esto dejará el hombre a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer, 8y los dos serán una sola carne;
así que ya no son ya más dos, sino uno. 9Por tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre. 10En casa
volvieron los discípulos a preguntarle de los mismo”.
Esto último es un recuerdo de Pedro a través de Marcos, porque Mateo pasó de largo; en cambio aquí
Marcos dice que la continuación del asunto ya no fue ahí sino más tarde en casa, y ya de parte de los
discípulos. Si tú lees sólo a Mateo, pareciera que las preguntas hubieran sido formuladas todas por los
fariseos; pero cuando lees a Marcos te das cuenta que el asunto continuó con los discípulos; es decir, que el
régimen ordinario, que Él respondió a los fariseos, es aplicado a los discípulos y enseñado a los discípulos,
y establecido al interior de la Iglesia ahora también. Por eso había que ver a Mateo y Marcos para tener más
completas las cosas, desde los dos puntos de vista. Luego continúa Marcos diciendo: “11Y les dijo: cualquiera que repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio contra ella; 12y si la mujer repudia
a su marido y se casa con otro, comete adulterio”.
Nótese que lo del verso 12 no lo había dicho Mateo, pero sí lo dijo el Señor, y lo registra aquí Marcos; es
decir, que la conversación fue más larga, pero está muy resumida tanto por parte de Mateo como por
Marcos. Mateo no recuerda esto último. Téngase en cuenta que Mateo escribe su Evangelio dirigido
principalmente a los judíos, en un ambiente judío; pero Marcos está escribiendo en Roma, para los
romanos, donde la cultura era diferente a la judía. De modo que entre la cultura judía era muy raro que la
mujer repudiara al marido, pero en la cultura romana, para la que escribía Marcos, era muy común que
fuera por punta y punta. Ahora Marcos, según la necesidad, está recordando del testimonio de Pedro, esa
conversación que seguramente fue mucho más amplia, y que sólo en pocas palabras fue resumida.
Recuerde que tanto en Mateo como en Marcos dice que Jesús iba predicando que los hombres se
arrepintiesen porque el tiempo había llegado. ¿Será que Jesús sólo decía estas dos frases? No. Este es el
resumen, la esencia de lo que Él decía. Él hablaba muchas cosas, pero en esencia se podía resumir en esas
frases, como lo resumen Mateo y Marcos. Lo mismo en este asunto. Ellos hablaron bastante, y volvieron a
hablar bastante, y luego, en forma resumida, la esencia la dice aquí Mateo resumiendo a los judíos, y
Marcos en otro contexto resumiendo a los Romanos, pero que al juntar todo, podemos tener un cuadro más
completo de lo que con muchas más palabras fue tratado.
Entonces, en el régimen ordinario, cualquiera que repudie a su mujer (aquí le está hablado a los varones),
y se casa con otra, adultera, comete adulterio contra ella; y si la mujer repudia a su marido, y se casa con
otro, ella adultera; y el que se casa con la repudiada, comete adulterio. Ya vamos viendo cómo el régimen
ordinario tiene varias frases:
Primera frase: Cualquiera que repudie a su mujer y se casa con otra, adultera.
Segunda frase: Y el que se casa con la repudiada, adultera.
Tercera frase: Y si la mujer repudia a su cónyuge y se casa con otro, adultera.
Ese es el régimen ordinario establecido por el Señor Jesús.
Ahora vamos a Lucas 16:18, donde Lucas no ambienta las cosas, pero como acaba de mencionar la ley,
entonces inmediatamente introdujo el asunto. Fíjese el contexto en que habla Lucas. Lucas en el capítulo
15 habla de la parábola de la oveja perdida, de la parábola de la moneda perdida, la parábola del hijo
pródigo. Ahora en el 16, habla de la parábola del mayordomo injusto, y luego dice desde el verso 16: “La
ley y los profetas eran hasta Juan; desde entonces el reino de Dios es anunciado, y todos se esfuerzan por
entrar en él”. Con esto está diciendo el Señor: La ley y el Antiguo Testamento llegan hasta mí; ahora yo
soy aquel de quien hablaron la ley y los profetas, lo que se va a establecer. Sigue diciendo en el verso 17:
“Pero más fácil es que pasen el cielo y la tierra, que se frustre una tilde de la ley”. Jesús no está
contradiciendo la ley, sino la interpretación laxa que venía por la escuela de Hillel. Continúa diciendo,
versículo 18: “Todo el que repudia a su mujer, y se casa con otra, adultera; y el que se casa con la
repudiada del marido, adultera”. Aquí Lucas dice lo mismo que dice Mateo; solamente que sin la
excepción. Aquí Lucas está hablando de la ley. Vemos, pues, que el régimen ordinario está en Mateo 19, en
Marcos 10 y en Lucas 16:18.
Ahora vamos a Romanos 7, donde aparece de nuevo el régimen ordinario. Aunque aparece citado no con
el propósito de enseñar acerca del tema, y esto es digno de tenerlo en cuenta. Aquí el apóstol Pablo está
tratando otro tema. ¿Cuál es ese tema? El tema de la relación de la ley, de la relación de la gracia, del
régimen del antiguo pacto de la letra, y del nuevo pacto del Espíritu. Pero luego toma el asunto del
matrimonio sólo como un ejemplo; es decir, que no va a entrar en todos los detalles, sino que toma lo
esencial del régimen ordinario matrimonial para usarlo como un ejemplo, para que nosotros entendamos
ahora la relación de habernos casado con otro marido, que es Cristo, habiendo muerto a la ley. Aquí el tema
no es este; el tema es otro, pero se utiliza el régimen ordinario como una analogía para otro tema. Esto es
importante tenerlo en cuenta, porque si tú vas a estudiar el tema de la salvación y vas y encuentras un
versículo en Timoteo que dice: “Pero (la mujer) se salvará engendrando hijos, si permaneciere en la fe,
amor y santificación, con modestia” (1 Ti. 2:15), si solamente pretendes establecer la doctrina de la salvación de la mujer por medio de engendrar hijos, entonces las que no tienen hijos, las estériles, no se
pueden salvar; pero es que el tema de Pablo en su primera carta a Timoteo no es la salvación. Él de lo que
está hablando es de la aplicación de la salvación como resultado en la vida normal de familia. Pero cuando
en Efesios, en Romanos, en Gálatas, habla de la salvación, ahí sí habla muy claro que la salvación es por la
fe sin la obras, por gracia.
Hay que tener en cuenta que cuando el tema es un asunto, ese tema se está tratando con propiedad ahí,
porque ese es el tema a tratar. Pero cuando se menciona la salvación en el contexto de tema, no se puede
interpretar como si ese fuera un versículo definitorio de la salvación. Lo mismo está sucediendo en este
caso en Romanos 7. En Romanos 7 el tema es de la ley, la gracia; pero como una analogía se utiliza este
asunto del régimen ordinario del matrimonio, de paso, de una manera estricta, sin ninguna excepción.
Dice Romanos 7:1-2: “1¿Acaso ignoráis, hermanos (pues hablo con los que conocen la ley), que la ley
se enseñorea del hombre entre tanto que éste vive? 2Porque la mujer casada está sujeta por la ley al
marido mientras éste vive; pero si el marido muere, ella queda libre de la ley del marido”. Aquí está
hablando del régimen de la ley, no del Señor Jesús. Por eso es que se suele decir, hasta que la muerte los
separe. Eso sale de aquí de este pasaje. Sigue diciendo Romanos: “3Así que, si en vida del marido se uniere
a otro varón, será llamada adúltera; pero si su marido muere, es libre de esa ley, de tal manera que si se
uniere a otro marido, no será adúltera”. Aquí está hablando lo que dijo el Señor Jesús. Aunque no lo
repudie, también adultera si se casa con otro. Luego dice el siguiente versículo: “4Así también vosotros,
hermanos míos, habéis muerto a la ley mediante el cuerpo de Cristo, para que seáis de otro, del que
resucitó de los muertos, a fin de que llevemos fruto para Dios”. En el versículo 3 de Romanos 7, Pablo cita
el régimen ordinario en concordancia con la ley y en concordancia con Jesús, pero no menciona la
excepción. ¿Quiere decir que no existe la excepción? Sí existe. ¿La tenía que mencionar Pablo en un tema
que no era ese el tema? No. La excepción aquí estaría fuera de lugar.
Ahora, ¿dónde sí era el tema? En 1 Corintios 7. Y ahí él menciona dos regímenes. Menciona el ordinario
y el régimen mixto. El versículo 10 de 1 Corintios 7, se refiere al régimen ordinario, pero se debe tener en cuenta que existe una excepción establecida por el Señor Jesús, en concordancia con Moisés, interpretada
en acuerdo con la línea de Shammai, y que está en Mateo 5:32 y en Mateo 19:9. Los versículos estudiados
que se refieren al régimen ordinario, se aplican en la generalidad de los casos, excepto en el caso en que el
Señor estableció una salvedad. Porque si usted va a aplicar estos versículos donde el Señor dijo: Salvo en
este caso, entonces usted está pasando por encima del Señor Jesús; y usted está poniendo una carga más
allá de la que el Señor Jesús pone. Porque el Señor Jesús sí estableció una excepción que usted no está
aceptando.
Si usted trata un caso sólo con los versículos del régimen ordinario, pero ese caso cae dentro de la
excepción, usted está haciendo un uso equivocado de esos versículos; no importa en cuál libro estén en la
Biblia. Los puede tener enmarcados, pero no se aplican al caso de excepción; se aplican a todos los demás
casos, menos a la excepción. De lo contrario, la excepción no sería excepción. Leamos, pues, el régimen
ordinario ahora en Pablo, tratando el asunto del matrimonio. Los siguientes versículos en 1 Corintios
7:10-11, concuerdan con los vistos en Mateo 19, en Marcos 10, en Lucas 16 y Romanos 7; concuerdan
perfectamente.
“10Pero a los que están unidos en matrimonio, mando, no yo, sino el Señor: Que la mujer no se separe
del marido; 11y si se separa, quédese sin casar, o reconcíliese con su marido; y que el marido no abandone
a su mujer”. Tengamos muy presente que la primera carta de Pablo a los Corintios se escribió alrededor del
año 53 d. C., antes de que se escribiera los Evangelios de Marcos y Mateo; es decir, que lo que Pablo está
recordando de las palabras del Señor Jesús era la tradición oral. Cuando Pablo dice: “os digo en palabras
del Señor”, como dice a los Tesalonicenses, quiere decir que esa es una cita de la tradición oral, pues
cuando se escribió esta carta aún no se había escrito ninguno de los Evangelios. Pablo dice: “a los que
están unidos en matrimonio, mando, no yo, sino el Señor”; o sea, que Pablo se está basando en la tradición
oral del régimen ordinario establecido por el Señor Jesús. “Mando, no yo, sino el Señor: Que la mujer no
se separe del marido; 11y si se separa, quédese sin casar, o reconcíliese con su marido; y que el marido no
abandone a su mujer”. Aquí Pablo está tratando con otras palabras las implicaciones. Las palabras que usa Pablo son muy interesantes, porque usa la palabra separación, que es diferente a la palabra divorcio, lo
cual viene con repudio.
La palabra separación no es lo mismo que divorcio. Aquí, ¿por qué le dice que si se separa se quede sin
casar? Porque está separada, pero el vínculo continúa; entonces si se une con otro, adultera. ¿Por
qué adultera? Porque no ha habido divorcio, no ha sido destruido el vínculo matrimonial. La palabra
divorcio, es la palabra griega apolio de donde viene la palabra Apolión, que significa destructor. Apolio
significa destruir; es decir, que en el divorcio, en el legítimo divorcio, en un caso de excepción por
fornicación de uno de los cónyuges, o de los dos, que es la única causal legítima de divorcio establecida por
Jesús, en ese caso el vínculo matrimonial se destruye.
Entonces, una cosa es divorcio y otra cosa es separación. Aquí dice que “la mujer no se separe del
marido; 11y si se separa, quédese sin casar, o reconcíliese con su marido”; es decir, todavía está casada.
Como decía Romanos: “mientras el marido vive...” Por eso es hasta que la muerte los separe. No puede
casarse con otro si su marido vive; debe quedarse sin casar, o reconciliarse con su marido; pero no se puede
unir a otro varón, porque eso sería adulterio, lo cual es pecado. No se separe. Entonces, separación es una
cosa y divorcio es otra. Son dos cosas diferentes.
Régimen mixto
Ahora uno diría: Bueno, aquí Pablo con sus palabras resumió el régimen ordinario. Sin embargo, veamos
en 1 Corintios 7, desde el versículo 12 en adelante. Tengamos en cuenta que la primera carta a los Corintios
fue escrita por inspiración del Espíritu Santo, y Pablo fue constituido apóstol por el Señor. Ahora fíjese
cómo el Espíritu Santo guió las cosas. Hemos visto ya las implicaciones de dos regímenes: el ordinario y el
de excepción. ¿Por qué no hay un solo régimen? Miremos lo que dice Pablo: “12Y a los demás yo digo, no
el Señor”; es decir, yo no escuché, no recuerdo en la tradición oral ninguna palabra que el Señor Jesús haya
dicho de los otros casos. Pero Pablo está diciendo que este régimen ordinario que él cita en los versículos
10 y 11 del capítulo 7 de primera de Corintios, que concuerda con Mateo, Marcos, Lucas y Romanos, este régimen ordinario no abarca todos los casos. Es decir, que si tú tomas estos versículos y se los aplicas a
todos los casos, estás anulando el régimen de excepción y estás anulando el régimen mixto; pero cuando
dice aquí: “Y a los demás”, significa que no todos los casos están cubiertos en los regímenes ordinario y de
excepción, sino que hay otros casos normales entre creyentes que tienen sus problemas pero que no hubo
fornicación ni de parte del uno ni del otro.
Entonces, ¿cuál es el régimen ordinario? Bueno, si repudia a su mujer y se casa con otra, adultera; y el
que se casa con la repudiada, adultera; y si la mujer repudia a su marido y se casa con otro, también
adultera; por eso “la mujer no se separe del marido; 11y si se separa, quédese sin casar, o reconcíliese con
su marido; y que el marido no abandone a su mujer”. Ese es el régimen ordinario. Pero ese régimen
ordinario, ¿lo abarca todo? Por el Espíritu Santo, Pablo enseña que no; porque aquí dice: 12Y a los demás yo digo, no el Señor”. Esto quiere decir que hay algunos casos que están fuera del régimen ordinario; y
significa que el Señor Jesús no habló de esos casos. Pablo no está entendiendo que Jesús habló de todos los
casos; el Señor sólo habló de unos. Esos que el Señor habló, mando, no yo; a los que están unidos en
matrimonio, mando, no yo sino el Señor; pero el Espíritu Santo me muestra que no todos los casos fueron
tratados por el Señor Jesús; y ahora le toca al Espíritu Santo a través de la Iglesia tratar los otros casos y
ordenar así también en todas las iglesias.
Entonces, ¿cuáles son esos otros, esos demás que no están en el régimen ordinario? El que se llama el
régimen mixto. Es el de un creyente casado con un incrédulo, donde el incrédulo le quiere hacer la vida
insoportable al creyente, y ese no es el caso de que habla el Señor Jesús aquí. Entonces, si tú te encuentras
con uno de esos casos que pertenecen al régimen mixto, y le aplicas los versículos del régimen ordinario,
vas a colocar en una situación extremadamente difícil a una persona a la cual el Señor mismo y el Espíritu
Santo no lo colocó en esa situación. Entonces, ¿cuáles son los demás casos que no caben dentro del
régimen ordinario? Son estos que aparecen aquí; son los de régimen mixto. Dice: 12Y a los demás yo digo,
no el Señor”; es decir, el régimen ordinario es el que se relaciona con lo que mandó el Señor, pero estos son
otros casos que suceden, que el Señor no menciona. Lo que trata el Señor está en el contexto de los fariseos y los discípulos, de Su pueblo, pero no trata los casos relacionados con incrédulos; pero nosotros vamos
evangelizando y encontramos casos de hermanos que están en esta situación, y le toca al Espíritu Santo
ayudarnos a ver qué hacemos con estos otros casos, en estos demás casos. Eso quiere decir que el régimen
ordinario no abarca todos los casos.
12Y a los demás yo digo, no el Señor: Si algún hermano tiene mujer que no sea creyente, y ella consiente
en vivir con él, no la abandone”. Eso es en el caso de un matrimonio mixto, de un creyente y un incrédulo;
aquí no le es lícito al creyente tomar la iniciativa para divorciarse. Si algún creyente está casado con una
mujer incrédula, y ella no ha fornicado, entonces él no puede divorciarse; no debe tomar la iniciativa, si
ella consiente vivir con él. Ahora, si ella se va, esa es otra cosa. ¿Qué es lo que sucede en este caso? Sigue
diciendo la Palabra de Dios:
“13Y si una mujer tiene marido que no sea creyente, y él consiente en vivir con ella, no lo abandone.
14Porque el marido incrédulo es santificado en la mujer, y la mujer incrédula en el marido; pues de otra
manera vuestros hijos serían inmundos, mientras que ahora son santos”. Ahí se tiene en cuenta
principalmente a los hijos. Mientras el incrédulo no tenga problemas, pues no se separen. Pero
continuemos leyendo el verso 15: “15Pero si el incrédulo se separa, sepárese; pues no está el hermano o la
hermana sujeto a servidumbre en semejante caso, sino que a paz nos llamó Dios”. Este caso a que se
refiere aquí, es un caso de régimen mixto. Los otros casos son de régimen ordinario. En este caso de
régimen mixto, si el incrédulo se quiere separar, sepárese. ¿Qué pasa entonces con el hermano o con la
hermana? No está sujeto a servidumbre en semejante caso. De manera que si tú quieres sujetarlo a
servidumbre, se te está yendo la mano. No está sujeto a servidumbre en semejante caso, sino que a paz nos
llamó Dios. Si el cónyuge incrédulo se separa y se va a hacer su vida, el cónyuge creyente no debe quedar
sujeto a servidumbre. Todos los casos no son iguales; por eso Pablo fija estos casos diferentes. En este caso
es mejor que el creyente no tome la iniciativa del divorcio, si no hubo fornicación. ¿Por qué? Porque quién
sabe si tú harás salvo a tu cónyuge. Pero si la toma el incrédulo, entonces sepárese, y no está el creyente
sujeto a servidumbre en semejante caso. Y eso está ordenado en todas las iglesias. Son los casos que aprueba el régimen ordinario, no el régimen de excepción. Pero no debe el creyente tomar la iniciativa, a
menos que haya habido fornicación. Si hubo fornicación, entonces sí puede divorciarse.
“16Porque ¿qué sabes tú, oh mujer, si quizá harás salvo a tu marido? ¿O qué sabes tú, oh marido, si
quizá harás salva a tu mujer? 17Pero cada uno como el Señor le repartió, y como Dios llamó a cada uno,
así haga; esto ordeno en todas las iglesias”. Entonces, el régimen mixto, que está trazado en el capítulo 7
desde el versículo 12 hasta el 17 de la primera carta de Pablo a los Corintios, es una ordenanza apostólica
por el Espíritu Santo, no de palabras del Señor; porque el Señor no trató esos casos, sino que los dejó al
Espíritu Santo. En su oportunidad Él dijo: “12Aún tengo muchas cosas que deciros, pero ahora no las
podéis sobrellevar. 13Pero cuando venga el Espíritu de verdad, él os guiará a toda verdad” (Juan
16:12-13a). “De cierto os digo que todo lo que atéis en la tierra, será atado en el cielo; y todo lo que
desatéis en la tierra, será desatado en el cielo” (Mt. 18:18).
Entonces, ¿qué hay aquí? Otro régimen; el régimen mixto. ¿Qué hacer con los demás casos? Lo que dice
en 1 Corintios 7:12-17; y eso es una orden apostólica a todas las iglesias. Ahora usted puede decir: No,
pero Pablo no es el Señor. Eso es verdad; Pablo no es el Señor. Pero el Espíritu Santo es quien guía a Pablo,
y el Espíritu Santo le inspiró para tratar esos otros casos que no están en el régimen ordinario.
Un énfasis final
Terminemos enfatizando de nuevo el régimen de excepción. Vamos a Mateo 5 y Mateo 19. Mateo 5, en
el sermón del monte, registra lo que estableció el Señor Jesús sobre la excepción. Dice Mateo 5:27-32:
“27Oísteis que fue dicho: No cometerás adulterio. 28Pero yo os digo que cualquiera que mira a una
mujer para codiciarla, ya adulteró con ella en su corazón. 29Por tanto, si tu ojo derecho te es ocasión
de caer, sácalo, y échalo de ti; pues mejor te es que se pierda uno de tus miembros, y no que todo tu
cuerpo sea echado al infierno. 30Y si tu mano derecha te es ocasión de caer, córtala, y échala de ti;
pues mejor te es que se pierda uno de tus miembros, y no que todo tu cuerpo sea echado al infierno.
31También fue dicho: Cualquiera que repudie a su mujer, dele carta de divorcio (está resumiendo lo de Moisés). 32Pero yo os digo (lo que Moisés dijo que diría el profeta, y que todo el que no oyera al
profeta sería desarraigado del pueblo) que el que repudia a su mujer, a no ser por causa de fornicación
(es decir, en este caso no se aplica a esto que digo, pues este es un caso de excepción, régimen de
excepción), hace que ella adultere; y el que se casa con la repudiada, comete adulterio”.
Es decir, que expone a la mujer al adulterio. Si ella se decide a vivir con otro, ella adultera, excepto si
hubo fornicación. En caso de fornicación no se aplican los versículos del régimen ordinario. Aquí en
Mateo 5:32 y 19:9 dice el Señor que el régimen ordinario establece una excepción. Mateo 19:9 dice: “Y yo
os digo que cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de fornicación, y se casa con otra,
adultera; y el que se casa con la repudiada, adultera”. Si hubo fornicación, el régimen ordinario no se
aplica necesariamente. Hay una excepción. No es que esté obligado a repudiar, a divorciar; puede
perdonar. Pero el Señor sabe cómo es la situación; entonces el Señor mismo en Mateo 5:32 y 19:9
estableció una excepción. ¿Cuál es esa excepción? Fornicación. ¿Cuál es esa cosa indecente? Es la
fornicación. Vemos, pues, que sí tenía razón Shammai, que es la más cercana a la enseñanza del Señor
Jesús.
Ahora, ¿qué es fornicación? Fornicación es toda relación sexual ilícita. El adulterio cabe dentro de la
fornicación. La palabra fornicación es más amplia que la palabra adulterio. Si es entre dos solteros, no es
adulterio, es fornicación; pero si la fornicación es entre un soltero y un casado, o entre dos casados, esa
fornicación es adulterio; es decir, que la palabra adulterio abarca menos que la palabra fornicación, pero la
palabra adulterio está incluida en la palabra fornicación. El adulterio es incluido en la fornicación, según el
uso mismo del Señor Jesús. Vamos a ver cómo el Señor usa esas palabras, intercambiando adulterio y
fornicación.
Leemos Apocalipsis 2 desde el versículo 20. Estos versículos corresponden al régimen de excepción, al
definir fornicación y ver que el adulterio siempre incluye la fornicación. ¿Por qué decimos esto? Porque es
que hay algunos hermanos que dicen que la fornicación era solamente si el hombre descubría que su esposa
no era virgen al realizarse la unión, teniéndolo como el único motivo en que podía repudiarla, pero si hubo adulterio en su esposa, tiene que aguantárselo. Así piensan algunos hoy. O si hubo adulterio por parte del
marido, la mujer tiene que aguantárselo. Pero ¿qué dice aquí la Palabra del Señor? Veamos cómo en la
boca de Jesús, adulterio y fornicación no son excluyentes, sino que están uno en el otro. Si hubo adulterio,
hubo fornicación, y si hubo fornicación en el casado, hubo adulterio. Dice al ángel de la iglesia en Tiatira y
por ende a la iglesia, en Apocalipsis 2:20-22:
“20Pero tengo unas pocas cosas contra ti: que toleras que esa mujer Jezabel, que se dice profetiza,
enseñe y seduzca a mis siervos a fornicar (en griego, porneia, πoρvε_σαι) y a comer cosas
sacrificadas a los ídolos. 21Y le he dado tiempo para que se arrepienta, pero no quiere arrepentirse de
su fornicación. 22He aquí, yo la arrojo en cama, y en gran tribulación a los que con ella adulteran, si
no se arrepienten de las obras de ella”.
Aquí el Señor Jesús está diciendo que fornicar con ella es adulterar con ella. El Señor está diciendo que
fornicación y adulterio se relacionan. Si alguien pretende decir que este asunto de por causa de fornicación
significa que la mujer no era virgen cuando llegó al matrimonio, y que esto no implica el adulterio, no le
está dando el alcance que Jesús le da a la palabra fornicación; y lo vemos en la cita de Apocalipsis, que
viene hablando de cometer fornicación los que con ella adulteran. Vemos, pues, que adulterar es
fornicación; por lo tanto, aquí la excepción es la siguiente: En ningún otro caso, sino en el caso de
fornicación (se incluye el adulterio), el cónyuge no puede repudiar al otro. No hay caso: que se porta mal,
que es drogadicto, que es esto, que es aquello, Dios no le da ningún otro motivo para divorciarse; no tiene
motivo para divorciarse, sino sólo en caso de fornicación. Si repudia por otro motivo y se casa con otra, es
adulterio; y si alguien se casa con la repudiada, es adulterio.
Es decir, no hay sino una sola causal de divorcio legítimo, establecido por el Señor Jesús, y que deja a la
persona libre: si hubo fornicación. En ese caso, la persona ofendida tiene derecho, si quiere, para el
divorcio. No está obligada; puede perdonar, o a lo mejor no perdona y se decide a solicitar el divorcio. Y
mientras se mantenga sin casarse de nuevo y sin divorciar, el otro está ligado; pero si la persona lo perdona
pero lo divorcia, sólo tiene derecho si hubo fornicación. Si hubo fornicación, está dentro de esa salvedad, de esa causal. A no ser por causa de la única causa de divorcio establecida por el Señor, por ser la única
culpa, la fornicación. Si hubo fornicación por parte de uno de los cónyuges (no sólo por parte de la mujer),
entonces el otro cónyuge, por ser afectado, tiene derecho de divorciarlo; y queda así libre de casarse con
otro libre; porque no se le va a aplicar ese régimen, el ordinario, porque ese régimen no se aplica en el
régimen de excepción. La persona queda en el legítimo derecho del divorcio. Y si hubo fornicación, se
puede divorciar, y se puede casar.
Cuando ya hubo el divorcio legítimo, otorgado por la persona ofendida, o si los dos se traicionaron,
entonces los dos se dan mutuamente carta de divorcio legítimo. A veces sólo ella tiene derecho a
divorciarse, o a veces sólo tiene derecho él. A veces los dos tienen derecho dentro del régimen de
excepción, si hubo fornicación. Si hubo fornicación, no les puedes aplicar estos versículos del régimen
ordinario, porque el Señor dice: excepto o salvo. Esto es así, salvo en estos casos; esto es así, a no ser en
este otro caso. Cuando hubo fornicación de uno o de otro, o de los dos, hay salvedad de divorcio; se pueden
dar carta de divorcio.
Para esta carta de divorcio hay una fecha, hay unos testigos, hay una causal legítima; y se entrega para
que la persona sepa que fue divorciada, y puede presentar su carta de divorcio y dejar a la otra persona
libre, porque lo divorciaron legítimamente, porque hubo fornicación. A partir de ese momento, la persona
queda libre por estar bajo el régimen de excepción. Tú puedes encontrar todos estos versículos, pero no se
aplican en este caso, porque aquí se aplica otro régimen, el de excepción.
Todo debe hacerse conforme a las leyes del país donde se resida. Si alguien no adelanta el proceso ante
la autoridad competente y cumpliendo los requisitos que exige la ley, al ir a una notaría a casarse de nuevo,
lo pueden acusar de bigamia; porque también el Señor quiere que se obedezcan las leyes del país donde se
viva. El divorcio debe quedar legalmente reconocido. El divorcio debe hacerse ante el Estado. Debe
hacerse una carta de divorcio, conforme lo dice el Señor, pero debe hacerse ante el Estado, donde se
registra, y se legaliza delante de las autoridades competentes.
El ofendido es el que da el divorcio, no lo pide. Porque eso es lo que dice, que si se casare alguien con una mujer, y hallare en ella una causal de fornicación, le dará carta de divorcio y la dejará libre; entonces
ella se va para su casa y puede casarse con otro, porque él la dejó libre, porque encontró cosa indecente,
que de acuerdo a Shammai, fornicó. No es el que adultera el que da el divorcio, sino el ofendido. Si no se
divorcian, tampoco se pueden casar. Si no se da carta de divorcio, teniendo derecho a ella, sigue casada o
casado, y no se puede casar con otro. Si da la carta de divorcio, queda libre y el otro también queda libre.
Pero esto en caso de fornicación.
Los católicos se van al extremo de prohibir el divorcio en los casos donde el Señor no lo prohíbe; y hay
otros que se van al extremo de concederlo por cualquier otra causa que el Señor no admite. Porque la otra
persona sea drogadicta, u otros motivos no legítimos. Que el Señor nos ayude. Amén.